El Juzgado de primera instancia número 4 de Móstoles ha fallado en contra de la demanda de María Victoria Zamora, exconcejal de Alternativa por Boadilla, en la que pedía a este diario una indemnización de 5.000 euros por una noticia publicada el 5 de diciembre de 2013 en la que se hacía referencia a una información publicada en el diario Que.es.
Dicha publicación relataba que APB había solicitado que las cuentas del Ayuntamiento fuesen auditadas por el Tribunal de Cuentas, un órgano que según la información no es directamente competente para realizar estos controles y en el que trabajaba como Subdirector Técnico Francisco Javier Rubio Delgado, el marido de María Victoria Zamora, y abogado de esta en el juicio.
Este diario se ha puesto en contacto durante el día de ayer y hoy con el departamento de prensa del Tribunal de Cuentas para consultar el actual cargo de Rubio Delgado, pero no ha obtenido respuesta.
La exconcejal de APB, que también concurrió en la lista de Ciudadanos en las pasadas Elecciones Europeas en el puesto 41, acusaba a Diario de Boadilla de una intromisión ilegítima en el derecho al honor y de que se había orquestado una campaña difamatoria contra su persona. También estaban incluidos en la demanda el diario Que por el artículo publicado; el Secretario General del PP de Boadilla del Monte, Javier González, por hacerse eco de la noticia en una publicación en la página web del partido en el municipio y el alcalde del municipio, Antonio González Terol y la concejal popular Sara de la Varga por hacerse eco de la noticia a través de Twitter.
Según dicta la sentencia "no se ha infringido el artículo 18.1 de la Constitución Española que proclama el derecho al honor, ni el artículo 20 que se refiere a la libertad de expresión, derecho de información y sus límites, que también los tienen aquel derecho (sic). No ha habido atentado al derecho al honor de los demandantes, sí ha habido ejercicio de la libertad de expresión de los demandados y no se han producido vejaciones".
Finalmente María Victoria Zamora ha perdido el juicio al dictar el juez que la demanda se desestima y que se absuelve a todos los demandados de las pretensiones formuladas, condenando a la exconcejal al abono de las costas procesales.