Los emprendedores de Boadilla del Monte podrán solicitar a la Comunidad de Madrid, hasta el próximo 10 de diciembre, las ayudas que ofrece para hacer frente a las cuotas de la Seguridad Social a aquellos que contraten a trabajadores desempleados inscritos en el INEM o que prorroguen los contratos a los ya existentes. En total, las subvenciones alcanzan un valor de 27,4 millones de euros.
El Ayuntamiento de Boadilla anima a los emprendedores del municipio a solicitar las ayudas siempre que reúnan los requisitos previstos en la convocatoria de las mismas: ser personas físicas que se encuentren de alta como trabajador autónomo o por cuenta propia en el régimen correspondiente de la Seguirdad Social, así como personas jurídicas que hayan constituido una empresa. Las altas o constituciones deberán haberse producido en los seis últimos años. La plantilla de la empresa no deberá superar los 50 trabajadores y deben contratar en el resto de términos que prevé la orden, estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y tener domicilio social y fiscal en la Comunidad de Madrid.
Las contrataciones o prórrogas de contrato deberán haberse realizado en el año 2012 y se bonificará hasta 18 meses de cuotas con un importe máximo de 14.400 euros; un empresario podrá ahorrarse, en función de la duración del contrato, entre 240 y 2.880 euros por trabajador.
Serán subvencionables las cuotas empresariales a la Seguridad Social de los nuevos contratos de trabajo o de las prórrogas de contratos de trabajo celebrados a jornada completa a jornada parcial igual o superior al 75 por ciento de la jornada ordinaria.
Se aplicarán las siguientes bonificaciones: 80 euros por mes completo del contrato o prórroga cuando su duración sea de tres a cuatro meses; 120 euros por mes cuando sean de cinco a seis meses, y 160 euros por mes para contratos o prórrogas superiores a seis meses.
Los emprendedores que cumplan los requisitos previstos (Orden 23/2012 de 12 de noviembre) podrán solicitar las ayudas a través de la página web de la Comunidad o presentando la documentación requerida en cualquier Registro oficial.
o presentando la documentación requerida en cualquier Registro oficial.