Hasta el próximo 5 de mayo se podrán solicitar las ayudas por nacimiento, adopción y manutención de niños menores de tres años que ofrece el Ayuntamiento de Boadilla del Monte un año más.
En esta convocatoria las ayudas estarán destinadas a los menores nacidos o adoptados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016 y, en el caso de la manutención, a los nacidos en 2013, 2014, 2015 y 2016.
Como novedades, las familias monoparentales recibirán las mismas cuantías que las familias numerosas de categoría general, entendiendo por monoparentales aquellas "familias constituidas por un progenitor o tutor y al menos un menor, en donde la reponsabilidad familiar recae únicamente sobre esa persona adulta", quedando expresamente excluidos de este supuesto los regímenes o acuerdos de custodia compartida.
La segunda novedad es la posibilidad de tramitar la petición de ayuda de forma semipresencial, es decir, acudiendo al Ayuntamiento únicamente a firmar la solicitud que previamente se ha tramitado por la sede electrónica. Esta modalidad, destinada a personas que no disponen de firma electrónica o no pueden usarla en sus dispositivos, acortará considerablemente los tiempos de espera en el Registro.
Las cuantías a percibir serán por nacimiento o adopción, hasta 700 euros, y de manutención, hasta 350 euros anuales hasta que el niño cumpla 3 años. Ayudas a familias numerosas de categoría general y/o monoparentales: por nacimiento o adopción, hasta 1.000 euros y 700 euros al año por manutención; para las familias numerosas de categoría especial, el importe será de 300 euros más en ambos conceptos, es decir, hasta 1.300 y 1.000 euros respectivamente. Las familias con menores a su cargo con algún tipo de minusvalía en grado superior o igual al 33% recibirán un pago único de hasta 2.000 euros y una asignación de hasta 1.000 euros anuales por manutención. Si además son familia numerosa la ayuda puede ascender a 3.000 euros en un pago único y hasta 1.500 más al año por manutención.
En el caso de las adopciones, se computará la fecha en la que se ha producido la misma, independientemente de la edad que tenga el menor.
Los requisitos para poder acceder a las ayudas son ser español o extranjero con residencia legal en España. Estar empadronados y residir todos los miembros de la unidad familiar en el domicilio de residencia legal, en Boadilla del Monte, durante año consecutivo, inmediato anterior al primer día del periodo subvencionable, es decir, a 1 de enero del 2015. Ser propietario o inquilino de una vivienda en Boadilla del Monte. En caso de no ser titular o inquilino de la vivienda en la que se reside será necesario presentar una declaración jurada de que no se es titular de vivienda alguna en todo el territorio español además de acreditar fehacientemente la convivencia del familiar en primer grado titular o inquilino de la vivienda. Todos los miembros de la unidad familiar deberán estar al corriente de pago en los tributos y restantes ingresos de derecho público municipales.
Las ayudas pueden solicitarse de forma telemática, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento con el certificado digital y, si no se tiene acceso al mismo, en la modalidad semipresencial antes indicada.