El Proyecto Final en los Ciclos Formativos de Grado Superior (la antigua Formación Profesional) está organizado como uno de los módulos del plan docente. Sin embargo, en la práctica va más allá que el resto de asignaturas obligatorias.
Su contenido y sus objetivos están regulados por el Real Decreto 1147/2011 de 29 de julio, que establece la ordenación general de la Formación Profesional Oficial dentro del sistema educativo del Ministerio de Educación de España.
¿Todos los alumnos de FP tienen que hacer un Proyecto Fin de Ciclo para conseguir el título?
Existen diferentes niveles de ciclos formativos. Además, cada comunidad autónoma diseña, sobre la base común estatal, sus propias enseñanzas profesionales, de manera que cada ciclo formativo está configurado por una serie de “módulos profesionales” equivalentes a asignaturas que difieren dependiendo del nivel y dónde las curses.
Según se establece en la Sección 2ª artículo 22 e, solo los Ciclos Formativos de Grado Superior tienen un Módulo de Proyecto. Aparece definido unos párrafos más adelante, en el artículo 26, como una asignatura que se dedica a “la integración de las diversas capacidades y conocimientos del currículo de todos los módulos del ciclo formativo”
En definitiva, en la FP de Grado Superior el Proyecto Fin de Ciclo supone demostrar todos los conocimientos adquiridos en el resto de asignaturas. Por eso reúne un gran número de exigencias:
- Se realiza durante el último periodo del Ciclo Formativo.
- Solo se puede acceder a él una vez hechas las prácticas (Módulo Profesional de Formación en Centros de trabajo).
- Se realiza bajo tutorización.
- Tiene que contemplar todas las variables tecnológicas y organizativas relacionadas con el título que se va a obtener.
¿Se puede elegir el tutor para el Proyecto de Fin de Ciclo, según el tema del trabajo?
Según se establece en su descripción oficial, el Módulo Profesional de Proyecto “se organizará sobre la base de la tutoría individual y colectiva y su atribución docente correrá a cargo del profesorado que imparta docencia en el ciclo formativo, preferentemente en módulos profesionales asociados a unidades de competencia.”
A diferencia de los TFG y TFM, la tutorización del Proyecto Final de Ciclo puede ser colectiva, y no tiene por qué recaer en un director o tutor individuales. Lo que sí se especifica es que quienes guíen a los alumnos durante la realización del Proyecto tienen que ser profesores de su mismo Ciclo Formativo.
La normativa da preferencia a los profesores que impartan docencia en las asignaturas asociadas a unidades de competencia, pero deja claro que todos los profesores pueden ofrecer su tutorización. La asignación (o no) de tutores y el sistema de elección de los mismos queda a cargo de cómo se organice cada claustro.
¿Es obligatorio presentar el Proyecto Fin de Ciclo públicamente?
Según https://hazmitrabajo.es/ aunque la mayoría de centros de FP promueven que sus alumnos expongan su proyecto ante el resto de alumnos que optan a su misma titulación, esto se hace con carácter formativo. No es un requisito obligatorio ni se trata de un acto oficial presidido por un tribunal, como en la formación universitaria (TFG, TFM o Tesis).