La nueva norma faculta al Ayuntamiento para realizar la recogida de residuos comerciales e industriales no peligrosos.
Con el objetivo de adaptar al ámbito municipal la Ley 22/2011 de 28 de julio de residuos y suelos contaminados, la Corporación Municipal, reunida en Pleno el pasado 28 de junio, ha realizado la aprobación inicial de una nueva ordenanza de Gestión de Residuos y Limpieza de los Espacios Públicos.
Tras el plazo preceptivo de 30 días para la presentación de alegaciones, la ordenanza se aprobará de forma definitiva.
La nueva norma, que viene a introducir modificaciones sobre la ordenanza de gestión de residuos aprobada el 12 de noviembre de 2009, tiene por objeto avanzar en el nivel de eficiencia de los procesos de reciclado. La disposición transitoria segunda de la Ley 22/2011 obliga a todos los municipios a adaptar sus normativas locales a esta Ley.
La ordenanza incorpora como principal novedad una modificación en el concepto de residuos domésticos, que a partir de ahora incluirá no sólo los generados en los hogares sino los similares generados en servicios e industrias.
La modificación en el concepto de residuo doméstico permitirá que el Ayuntamiento, a través de su servicio público de recogida y limpieza, pueda hacerse cargo de determinados residuos domésticos industriales y comerciales no peligrosos así como de los sanitarios asimilables a domésticos hasta las cantidades establecidas.
A través de esta medida se da facilidades a empresas e industrias para realizar la separación de los residuos con el fin de lograr un mayor porcentaje de éxito en el reciclaje de los materiales reutilizables que generan.
Por su parte, el título 3 de la nueva ordenanza, que regula el servicio de recogida de residuos ordinario y especial, amplía el ámbito competencial del Consistorio y le faculta para ofrecer nuevos servicios, a petición del ciudadano, como el de recogida de animales muertos.
Por último, los títulos 2 y 4 de la norma se ocupan, respectivamente, del servicio de limpieza, estableciendo un marco de espacios y responsabilidades públicas y privadas, y del régimen sancionador asociado al incumplimiento de la normativa.
Normativa europea
Antes de 2020, y conforme se establece como objetivo en la Directiva Marco sobre residuos de la Agencia Europea de Medioambiente, España debe ser capaz de destinar a reutilización y reciclado el 50% de las fracciones de papel, metales, vidrio, plástico, biorresiduos u otras. Actualmente, nuestro país tiene una tasa de reciclado del 33% y tendría que crecer el 1,7% al año para alcanzar el objetivo.
Para ello los municipios van a tener que realizar un importante esfuerzo, ya que son los que tienen encomendada la recogida, transporte y gestión de residuos domésticos generados en los hogares, comercios y servicios.